miércoles, 6 de abril de 2011

Conciliar vida laboral y familiar.

Conciliar para trabajar y vivir mejor.
Existen dificultades para conciliar el trabajo con el desarrollo de una vida personal plena y satisfactoria.
El Plan Concilia supone, para más de 500.000 trabajadores y trabajadoras de la Administración General del Estado, una mejora concreta y perceptible de sus condiciones de vida y de trabajo, con
Especial atención a las situaciones más complejas y difíciles.
Con ello, también, el Ministerio de Administraciones Públicas quiere hacer frente y aportar soluciones innovadoras a los nuevos problemas que están generando los recientes cambios en las estructuras familiares y sociales.
No se trata de trabajar menos, sino de hacerlo mejor. Con ello, facilitamos el desarrollo, por parte de los empleados públicos, de una vida personal o familiar más plena y satisfactoria.

Jornada laboralLa jornada laboral, en todos los casos, no podrá prolongarse más allá de las 18:00 horas.
Horario flexible: Se mantiene el número de horas semanales trabajadas, tanto para los turnos de mañana como para los de jornada completa.
Las horas fijas de obligada presencia pasan de 32 horas semanas a 27,5.
Permiso de paternidad: Permiso paterno de diez días por nacimiento, acogida o adopción. Con ello, queremos que los padres puedan tomar parte plenamente, y en las mismas condiciones, del cuidado de los hijos.
Cuatro semanas más de permiso materno: Las madres podrán sustituir el permiso de lactancia habitual para los hijos menores de doce meses, por un permiso de cuatro semanas que se acumulan a su permiso de maternidad.
Protección integral a las víctimas de la violencia de género
Horario más flexible para familias mono parentales.
Cuidado de hijos, personas dependientes y familiares con enfermedades graves: Plan Concilia establece que la reducción de la jornada por atención de hijos menores de seis años, se amplíe a los hijos menores de 12 años.
De la misma forma, se establece la posibilidad de flexibilizar en una hora el horario fijo de jornada laboral para la atención de hijos menores de 12 años, el cuidado de personas mayores o de personas con discapacidad.
Fecundación asistida y adopciones internacionales:  En el primero de estos casos, se establece el derecho a ausentarse del trabajo con el fin de someterse a los tratamientos pertinentes. 
Formación profesional: Otro aspecto que afecta a numerosos empleados públicos es el de conciliar la formación profesional con el trabajo, sin renunciar por ello a tener una vida personal. 

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